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LA CERCA, Lunes, 24 de Noviembre de 2003

Los municipios se implicarán en el control del absentismo escolar mediante comisiones locales

Es una de las medidas previstas por la Consejería de Educación para prevenir el absentismo escolar en los centros educativos de Castilla-La Mancha

Los municipios se implicarán en el control del absentismo escolar mediante comisiones locales

Las comisiones locales de absentismo se constituirán en todos los municipios antes del 12 de diciembre. Tendrán entre sus objetivos coordinar el Programa de Prevención del Absentismo, identificando, analizando y tomando decisiones al respecto; y realizar una memoria anual con los casos en los que se haya actuado y su valoración.

Los municipios de Castilla-La Mancha se implicarán en la prevención y el control del absentismo escolar a través de las comisiones locales de absentismo, un órgano que se constituirá en todos los municipios con representantes de distintas instancias y que se ocuparán de coordinar las actuaciones precisas.

La Consejería de Educación ha establecido un Programa Regional de Prevención y Control del Absentismo Escolar que contribuirá a garantizar la obligatoriedad de la escolarización y a coordinar a todas las instituciones para modificar las situaciones que puedan favorecer el absentismo, desde el propio centro escolar, a los servicios sociales y el ayuntamiento.

Este Programa cuenta para su desarrollo con el apoyo y la colaboración de la Federación de Municipios y Provincias de Castilla-La Mancha.

En Castilla-La Mancha el absentismo no puede considerarse un problema que afecte significativamente a la población escolar, y los casos que se producen están en su mayoría relacionados con situaciones puntuales que tienen que ver con problemáticas sociales.

Entre las medidas previstas en el Programa de Prevención están las comisiones locales de escolarización, que según ha establecido la Consejería, deberán constituirse antes del 12 de diciembre próximo en todas las localidades y en las áreas de Servicios Sociales en el caso de los municipios de menos de 5.000 habitantes.

Así, las comisiones locales de escolarización tendrán entre sus objetivos coordinar el Programa de Prevención del absentismo, identificando, analizando y tomando decisiones al respecto; y realizar una memoria anual con los casos en los que se haya actuado y la valoración de los resultados.

Las comisiones estarán constituidas por los responsables municipales de Educación y Servicios Sociales, un representante de la inspección educativa, otro de los técnicos de Servicios Sociales, un miembro de los Equipos de Orientación, los directores de los centros y un representante de las AMPA de los centros.

Según ha determinado la Consejería, las comisiones locales de absentismo se reunirán de forma ordinaria una vez al trimestre y de forma extraordinaria cuantas veces lo requieran las situaciones de absentismo que puedan producirse.

El procedimiento para la prevención, seguimiento y control del absentismo seguirá los siguientes pasos:

1.- El tutor, a través del registro diario de asistencia, identificará el problema y anticipará medidas preventivas. Si en este seguimiento se comprobara que existe un número suficiente de faltas que pueda ser motivo de preocupación se informará a la Jefatura de Estudios del centro.

2.- La Jefatura del centro citará a la familia a una entrevista para informarles de la falta de asistencia a clase de su hijo y de las consecuencias que pueden derivarse de esa situación.

3.- En el caso de no resolverse con la actuación anterior, la dirección del centro solicitará a los responsables del Servicio de Orientación un informe técnico y un programa de intervención con el alumnado y su familia.

4.- En los casos en los que existan antecedentes o cuando persista la situación de absentismo, la dirección del centro informará a la comisión de absentismo para que proceda a tomar las decisiones y definir las estrategias de intervención.

5.- Cuando se aprecie por la comisión la posible negligencia en la atención educativa del menor, se notificará a los responsables de los Servicios Sociales municipales y a la Delegación Provincial de Bienestar Social para que se valore la posible situación de riesgo, según la Ley del Menor de Castilla-La Mancha.

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